Juez local explicó por qué decretó ilegal la detención de sujetos sorprendidos con arsenal
Magistrado Juan Pablo Flores indicó que los carabineros "se excedieron" al registrar el vehículo donde se halló el armamento, actuando fuera del marco legal. Ministerio Público sigue adelante con la investigación.
Con reportajes en distintos matinales de canales de televisión, en los noticieros locales y nacionales y con "expertos" en legislación entregando su parecer en la pantalla chica ha transcurrido la semana tras la determinación de un juez de San Antonio que dejó en libertad a unos sujetos que fueron sorprendidos portando un arsenal de armas dentro de un vehículo.
El martes recién pasado el magistrado Juan Pablo Flores estimó que la detención de dos hombres de 56 y 26 años por parte de Carabineros de Las Cruces no se ajustaba a las normas del derecho y, por ello, decretó que la aprehensión de ambos era ilegal, ordenando su inmediata liberación.
La ola de críticas al juez Flores cundió dado que Carabineros había detenido a los individuos luego de que encontraran en el vehículo en que marchaban tres armas de fuego, cerca de 300 balas, tres cargadores calibre 9 milímetros, un moderno kit de conversión de pistola a carabina tipo Roni, nunca legalmente inscrita, y $4.152.000 en dinero efectivo.
El otorgamiento de la libertad parece incomprensible para muchos y por ello el mismo magistrado entregó una declaración pública detallando por qué determinó que era ilegal la detención de los dos sujetos.
El juez Juan Pablo Flores explicó que, según le informó el fiscal Álvaro Mansilla en la audiencia de control de detención, basándose en el parte policial emanado del Retén de Las Cruces, los imputados fueron aprehendidos luego de un control carretero.
"El vehículo se detuvo (para ser controlado), no hubo antecedentes de intento de huida. La policía se percata que tenía todos los vidrios polarizados. Se le piden documentos al conductor, según informa (en audiencia) el fiscal en base al parte policial, la documentación no tenía ningún problema. Se le pidieron documentos al copiloto, tampoco tenía algún problema", especificó Flores de acuerdo a lo que le relataron en la audiencia.
Aportó que el fiscal le comunicó que "terminado el control vehicular, la policía hace que los imputados bajen del vehículo y los obliga a abrir la caja-maleta (portamaletas) del vehículo y además de eso (…) le pregunto al fiscal si había otros antecedentes que percibieran en ese momento (los carabineros) y el fiscal dijo que ninguno".
Además, para argumentar su determinación, el juez detalló que se le comunicó en el control de detención que "luego de abrir la caja de la maleta, la policía, según informa el fiscal con base en el parte policial, ve una maleta dentro de la caja-maleta y le pide a los imputados que la abran. Ante la orden policial, la abren. La policía procede a registrarla y en ella encuentran armas, dinero y otras especies y eso motivó la detención".
Defensa
En la misma audiencia los abogados defensores públicos, Salvador Wasserman y Sergio Rojas, alegaron al magistrado que los carabineros se habían excedido en su proceder, puesto que el control vehicular no los faculta para registrar el vehículo, menos aún un maletín que estaba dentro del portamaletas.
"El registro de la caja-maleta y la apertura y registro de la maleta no están amparados en la Ley de Tránsito y no había ningún antecedente para un control aleatorio (de identidad). El tribunal acogió esa tesis (de la defensa), entendiendo que la policía no tenía indicios para un control de identidad aleatorio y preventivo, y que éste solo permite pedir documentación, pero no registro. Las facultades de la Ley de Tránsito tampoco permiten el registro".
Agregó que "por eso se acogió (lo expuesto por la defensa) y se declara ilegal la detención por haber un exceso en el actuar policial, todo según lo que expresamente señala el fiscal en audiencia frente a preguntas del magistrado (suyas) y según antecedentes del parte policial".
Dicho de manera sencilla, los carabineros no pueden registrar un vehículo en medio de un control cuando no exista algún indicio de que se está cometiendo un delito, lo cual habrían ignorado los uniformados al realizar el procedimiento.
Fiscal de la audiencia
Para aclarar más lo ocurrido en el Juzgado de Garantía de San Antonio, el fiscal Álvaro Mansilla explicó que el control de la legalidad de la detención es una actuación procesal en que el Ministerio Público debe entregar todos los antecedentes del procedimiento policial llevado a cabo.
"Dicha labor, el control de detención, debe ser realizada con objetividad, probidad y la buena fe que una actuación de esta importancia requiere", expresó Mansilla.
El abogado persecutor afirmó que "si bien no es un procedimiento que haya tomado yo (al momento de la detención se encontraba de turno el fiscal Rolando Ramírez), me correspondió tomar la audiencia de control de la legalidad de la detención, donde di lectura íntegra, completa, veraz y responsable de todos los antecedentes que el parte policial señala y realicé todas la acciones que razonablemente se podían llevar a cabo".
Respecto a lo manifestado por el juez Flores, que expresa que le realizó preguntas pertinentes en la audiencia para tomar una decisión, dijo que "contesté en base a los hechos que refería expresa y literalmente el parte policial, de los que en caso alguno me puedo apartar, ya que de lo contrario, sería ir contra los valores y principios de la institución (Ministerio Público)".
Aún no termina
Los detenidos el pasado lunes fueron dejados en libertad al día siguiente. Sin embargo, la fiscalía sigue adelante con la investigación en contra de ambos sujetos por los delitos de porte de armas ilegales e incluso un posible ilícito de tráfico de armamento.
Por ello es que los dos serán formalizados el 19 de junio a las 9 horas, fecha en que la fiscalía espera contar con una mayor cantidad de antecedentes que logren esclarecer los hechos. Además, el Ministerio Público presentó un recurso de nulidad frente a la ilegalidad de la detención que decretó el juez Juan Pablo Flores.