Gobierno analiza un recurso de queja por el "caso arsenal"
La acción, que también estudia la Fiscalía Regional, sería el último intento para conseguir una condena.
Tal como lo anunció la semana pasada, la fiscal regional de Valparaíso, Claudia Perivancich, el Ministerio Público y también el Ministerio del Interior están analizando presentar un recurso de queja contra los dos jueces que en la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de San Antonio, conocida el pasado miércoles 11 de septiembre, absolvió por segunda vez a los acusados de portar poderoso armamento al interior de un automóvil que fue controlado por Carabineros el 28 de mayo de 2018 en El Tabo.
Ayer, en la sala del mismo TOP en que se desarrolló el segundo juicio oral del "caso arsenal", la jueza Andrea Santander leyó la sentencia que ratifica la absolución total de Manuel Roberto Olivares Maldonado y Nilson Omar Cerda Órdenes, quienes eran investigados como presuntos autores de los delitos de porte ilegal de arma de fuego y municiones y también por el ilícito de receptación.
"No se condena en costas ni al Ministerio Público ni a la querellante", dijo la jueza ante una sala en la que los únicos asistentes fueron un periodista de Diario El Líder y un camarógrafo de Mega.
Tras la audiencia, que no pasa de ser un mero trámite, fuentes de Diario El Líder señalaron que el Ministerio del Interior, que es el querellante en esta causa, ya solicitó antecedentes en el TOP para analizar la presentación del recurso de queja ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso en contra de los dos jueces que adoptaron este polémico fallo no así contra el magistrado que estaba por condenar a los imputados.
Esta es la última opción que tiene el Gobierno de revertir el dictamen, puesto que con dos absoluciones ya no hay posibilidad de que se apele a un nuevo proceso a través de la anulación del juicio.
Fallo
El pasado 11 de septiembre, en una resolución dividida, el TOP, integrado por los magistrados Claudio Correa Zacarías (presidente), Astrid Veninga Fergadiott y Andrea Santander Guerra (redactora), decretó la absolución de los acusados, tras arribar a la convicción de que la prueba rendida es el resultado de una diligencia que se llevó a cabo con infracción al debido proceso y vulneración de garantías fundamentales".
Según el dictamen de los jueces del TOP San Antonio, "en el contexto de un control vehicular y sin existir indicio alguno que habilitara a la práctica de un control de identidad a los acusados, no se encontraban facultados los funcionarios policiales actuantes a efectuar el registro del móvil y, por tanto, haber procedido al hallazgo de las evidencias incorporadas en juicio".
El fallo resalta que "mal podría estimarse como indicio el hecho de circular el vehículo ya referido con vidrios polarizados, toda vez que corresponde a una infracción de tipo administrativa, más no de carácter penal. Y, además, corresponde señalar que el registro del automóvil se concretó una vez que ya se había cursado el parte por la citada infracción".
Los magistrados también descartaron que cuando una persona se ponga nerviosa ante un control de Carabineros eso sea un indicio para realizar un control de identidad.