Tiroteo mortal en La Virgen: tribunal condenó a los tres implicados en crimen
Los acusados de dar muerte a balazos a Marco Urrutia (25) y dejar ciego a su hermano fueron hallados culpables y arriesgan altas penas.
"Mi hermano no tiene antecedentes penales, trabajaba, el único error fue haber querido vivir más dignamente". Con esas palabras Alejandra lamentaba hace un año el homicidio de su hermano a manos de un trío de sujetos que lo acribillaron tras la disputa por un sitio en la toma de terrenos del cerro La Virgen, en la brutal balacera que sucedió el 23 de septiembre de 2021.
Ese día Marco Antonio Urrutia Pérez (25) cayó muerto en medio del campamento y su hermano Juan Marcelo Muñoz Pérez (35) ingresó grave al hospital Claudio Vicuña con heridas que finalmente lo dejaron ciego. Una tercera víctima, Ricardo Bruna Ahumada, resultó con perdigones en el cráneo. Todo en uno de los hechos más violentos ocurridos en la zona en los últimos años.
Y ahora los tres detenidos como autores del ataque armado fueron encontrados culpables de los graves delitos de homicidio calificado de Marco Urrutia y del homicidio calificado frustrado de Juan Muñoz y Ricardo Bruna, arriesgando penas que podrían llegar, en total, a los 40 años de presidio para cada uno.
Veredicto
La tarde de ayer el Tribunal Oral en Lo Penal (TOP) de San Antonio dio a conocer su veredicto. Encontró culpables a los tres individuos, que por orden de los jueces solo pueden ser identificados con sus iniciales L.I.G.B. (21), M.A.S.C. (29) y P.A.B.G. (40), por todos los hechos denunciados por el Misterio Público, acreditando que el trío emboscó a las víctimas para reducirlas a balazos.
En el veredicto del TOP se redactó que la fiscal Claudia Cancino logró acreditar en el juicio que "Marco Urrutia Pérez acudió junto a su hermano Juan Marcelo Muñoz Pérez y Ricardo Bruna Ahumada a las afueras del almacén Vista Hermosa, en la toma de cerro La Virgen, en San Antonio, donde se reunieron con P.A.B.G., quien se encontraba provisto de una escopeta y que estaba en compañía de otras personas armadas, entre ellas L.I.G.B. y M.A.S.C., todos previamente concertados para atacar con armas de fuego a las víctimas".
La resolución agrega que "L.I.G.B. disparó varias veces contra Marco Urrutia con un arma de fuego corta, mientras que P.A.B.G. abre fuego con una escopeta que portaba contra Juan Muñoz y Ricardo Bruna, intentando darles muerte. Juan Marcelo quedó herido con perdigones en el rostro, fractura de húmero y mutilación de sus ojos; y Ricardo con heridas por perdigón en cuero cabelludo y párpado superior".
Los tres fueron acusados de los delitos calificados dado que se acreditó que existió alevosía para cometer el crimen.
"Se estimó concurrente la alevosía por las acciones directas para asegurar la indefensión de las víctimas que consistieron en apostarse en la vía pública y esperar el arribo de los afectados premunidos con armas de fuego, sabiendo que estos venían por una disputa por el patrimonio de un terreno y que no contaban con medios de defensa", señala el veredicto de los jueces María José Araya, Manuel Vergara y Patricio Acevedo.
"Como Ministerio Público estamos conformes con el trabajo que realizó la Brigada de Homicidios de esta ciudad y con la prueba rendida en el desarrollo de este largo juicio oral y con lo que ha decidido el tribunal oral en el orden de condenar a todos los imputados", expresó la fiscal Cancino a Diario El Líder.
Legítima defensa
Dos de los imputados, L.I.G.B. y su tío P.A.B.G., alegaron en el juicio que dispararon en legítima defensa porque las víctimas abrieron fuego y que se trató de un enfrentamiento armado entre dos bandos.
L.I.G.B. aseguró que le disparó a Marco Urrutia luego de quitarle el arma que el mismo afectado habría llevado. En tanto, su familiar aseguró que efectuó escopetazos contra Juan Marcelo para defenderse porque antes le dispararon 3 ó 4 veces. Y M.A.S.C, que es cuñado de P.A.B.G., dijo que nada tuvo que ver, que al momento de la balacera estaba en el lugar comprando pan para tomar once. Todo esto fue descartado por los jueces.
"Solo los acusados dijeron que las víctimas llegaron al lugar con amas de fuego y que hubo disparos en ambas direcciones, pero dicha versión no resultó respaldada por ninguna otra evidencia. Ninguno de ellos estaba herido por arma de fuego ni se acreditó otro tipo de lesión, tampoco huellas de proyectil en el negocio del que salieron", expresa la sentencia.
Y se especificó que "P.A.B.G. al día de la ocurrencia de los hechos se encontraba con muletas (…) lo que permite concluir que de haber existido un ataque con arma de fuego en su contra difícilmente hubiese podido evitarlo ni huir".
El TOP se tomó el máximo legal para tomar una determinación sobre las penas que dictarán en contra de los tres condenados, por lo que la lectura de sentencia será el próximo 18 de noviembre.
La fiscal Cancino solicitó que "se condene a todos ellos por el ilícito consumado a la pena 20 años de presidio por el homicidio calificado en contra de Marco Urrutia y por los dos homicidios calificados frustrados se pide la misma pena para cada uno de ellos".
Dijo que "esperamos que se impongan las máximas sanciones que nuestro ordenamiento jurídico contempla para estos delitos tan graves que han afectado por cierto el bien jurídico más relevante como es la vida, afectando a sus grupos familiares y a la sociedad toda y que estas sanciones sean ejemplificadoras, que no haya tolerancia alguna con la delincuencia".
"Esperamos que se impongan las máximas sanciones que nuestro ordenamiento jurídico contempla para estos delitos tan graves (...). Que estas sean ejemplificadoras, que no haya tolerancia con la delincuencia",
fiscal Claudia Cancino