Liberan a pareja acusada de matar a sujeto de 54 puñaladas: actuaron para defenderse
El Tribunal Oral estimó que el fallecido, Jaime Guzmán (36), atacó a los imputados tras irrumpir en su departamento, por lo que se acreditó la legítima defensa.
"Le pido disculpa a la familia del fallecido por todo lo que pasó. Yo lo único que pienso es que esto se pudo haber evitado por parte de ellos", expresó el imputado de 27 años momentos antes de que el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de San Antonio lo liberara a él y a su pareja tras determinar que los dos actuaron en legítima defensa cuando asesinaron de 54 puñaladas a un albañil que irrumpió en el hogar de ambos.
El TOP decidió absolver a los dos imputados por el homicidio de Jaime Guzmán Montecinos (36) luego de que se acreditara que actuaron en defensa de sus propias vidas y de las tres hijas de la acusada -de 11, 10 y 7 años- que se encontraban dentro del departamento al que ingresó a la fuerza la víctima fatal junto a otras personas para ajustar cuentas.
Con eso se desechó por completo la acusación presentada por el Ministerio Público, que buscaba que la pareja compuesta por H.R.R.F. (27) y su polola M.E.V.G. (38), fuera condenada por el homicidio de Guzmán Montecinos, por las lesione graves en contra de la pareja del fallecido Catalina V.Q. y por amenazas.
El fiscal Osvaldo Ossandón había argumentado que la pareja no actuó para defenderse luego de que un desconocido llegara afuera del departamento y disparara 13 veces al aire, provocando que quienes atacaban a los imputados salieran arrancando.
"Estas lesiones se producen después de los disparos, se le apuñala en la cara, corazón, piernas y eso es después del ataque (balacera). ¿Había peligro para la vida de los ocupantes? No ¿Estaba con armas? No. ¿Había superioridad en número? No. Cuando ocurre (el homicidio) ya no había peligro. Eso no es legítima defensa, es una ejecución", expresó Ossandón.
Veredicto
El tribunal, compuesto por los jueces Edgardo Castro (presidente), Sebastián Báez y Manuel Vergara, entregó su veredicto absolutorio por los hechos ocurridos dentro del departamento que compartía la pareja de imputados en el sector Nueva Bruselas del cerro Bellavista. Ahí Jaime Guzmán fue herido con a lo menos tres armas blancas en todo el cuerpo, incluyendo sus ojos y boca, causándole la muerte una puñalada que lo hirió en el corazón. Falleciendo dentro del mismo inmueble el 6 de octubre pasado.
También se absolvió a los acusados por el delito de amenazas contra la víctima fatal y su conviviente, puesto que determinaron que no hubo pruebas suficientes para acreditarlo.
Y por el ilícito de lesiones graves contra Catalina V.Q., tampoco se les halló culpables. Solo M.E.V.G. fue condenada por participar en una pelea con ella el mismo 6 de octubre a las 17 horas, pero por la falta de lesiones leves.
Argumentos
En la audiencia de lectura del veredicto se conocieron los argumentos del TOP para absolver a la pareja por legítima defensa, tal como solicitaban sus defensas, la abogada de la Defensoría Penal Pública Isabel Rodríguez por H.R.R.F. y la profesional particular Camila Salazar por M.E.V.G.
"Ha quedado claro para el tribunal que (el ataque con armas) se produce después de que la víctima fatal, junto a varias otras personas, todas ellas armadas y con motivaciones inminentemente vengativas, destruyeran la puerta de acceso a fin de agredir al grupo familiar (…) donde al interior estaban ambos acusados y sus tres hijas, lo que se acreditó con la declaración de los testigos", redactaron los jueces en el veredicto.
Agregaron que se estableció "con prueba gráfica planimétrica y pericial, que el fallecido ingresó premunido de un cuchillo y una cadena con el claro propósito de agredir a quienes estaban al interior del domicilio".
El TOP estuvo de acuerdo con que efectivamente ocurrió un homicidio en que ambos acusados participaron. "La prueba de cargo y con la declaración de los acusados, quien provoca la estocada mortal a Jaime Guzmán Montecinos fue el acusado H.R.R.F. aunque también las heridas cortantes le son atribuidas a la acusada, pues fue vista a lo menos por un testigo estando premunida con un cuchillo atacando a quien momentos más tarde perdió la vida".
Sin embargo, añadieron los magistrados, "la tesis de la defensa sobre la legítima defensa respecto de ambos acusados será acogida íntegramente, por unanimidad de estos jueces, porque existió una agresión completamente ilegítima por parte de don Jaime Guzmán y su grupo familiar al haber irrumpido violentamente en la residencia de los acusados pasadas las 10 de la noche, con la clara intención de atacarlos con todas las armas que portaban, tanto Jaime Guzmán como sus familiares, aptas para producir la muerte de cualquier persona".
Y estimaron que en este caso "no solo defendieron sus propias vidas, sino que a las tres hijas de esta última (de M.E.V.G), las que se encontraban a escasos metros de donde se produjo la muerte de quien finalmente resultó ser el agresor".
Una vez terminada la lectura del veredicto, el juez presidente ordenó que se alzaran las medidas cautelares en contra de los acusados, por lo que ambos recuperaron su libertad luego de permanecer nueve meses detenidos mientras se investigaba el caso.
M.E.V.G. rompió en lágrimas antes de abandonar la sala.
15 años de presidio arriesgaba la pareja que estaba acusada de homicidio y lesiones graves.