Asesino de peluquera transexual pasará un total de 20 años en la cárcel
Tribunal Oral dictó sentencia contra Julio Ramis (40), autor del homicidio de Claudia Díaz (74) en Cartagena. En la condena se desestimó la condición de mujer de la víctima, punto que será revisado por la fiscalía para evaluar acciones.
El caso que estremeció a Cartagena, por el cruento asesinato de la conocida peluquera transexual y adulta mayor Claudia Díaz Pérez (74), tuvo ayer un cierre, si es que la fiscalía no apela…
En medio de las críticas del Movimiento de Integración y Libertad Homosexual (Movilh) hacia el Poder Judicial por no considerar la solicitud de la fiscalía local de condenar por el delito de femicidio, porque Claudia Díaz nació varón y no efectuó su rectificación de género en el Registro Civil, ayer el Tribual Oral en lo Penal (TOP) de San Antonio dictó la sentencia que deberá cumplir el obrero que le quitó la vida a la cartagenina.
20 años
En la audiencia en que estuvo presente Diario El Líder, el juez redactor, Mauricio Aguilar, comunicó al condenado Julio Alexis Ramis Padilla -se autorizó la publicación de su identidad- que deberá cumplir con un total de 20 años de presidio por los hechos ocurridos el pasado 11 de diciembre en la comuna balneario.
"Se condena a Julio Ramis como autor del delito de homicidio simple, en grado consumado en la persona de Jorge Díaz Pérez, conocido socialmente como Claudia (…), a sufrir la pena de 18 años de presidio", leyó ayer el magistrado Aguilar.
Aportó que además "se le condena como autor de un delito de hurto simple consumado (…) a sufrir la pena de 2 años de presidio", puesto que en el juicio oral se acreditó que tras asesinar a la peluquera sustrajo un computador, un equipo de karaoke y un bolso de feria, los que luego vendió.
El total de 20 años de presidio que se dictaron contra Ramis Padilla tendrá que pagarlos tras las rejas. "Atendidas las penas impuestas no resulta procedente aplicar una pena sustitutiva y deberá cumplirlas efectivamente, iniciando por la más gravosa", se redactó en el fallo del TOP, cuya terna fue completada por los jueces Edgardo Castro (presidente) y Sergio Rojas.
Condena
Durante el juicio que se realizó la semana antepasada, se acreditó que Julio Ramis llegó hasta la casa y salón de belleza de Claudia Díaz, en calle Mariano Casanova, supuestamente para realizar unas reparaciones. En esa instancia, la atacó con golpes de puño, causándole un traumatismo en la cabeza, para luego ahorcarla con sus manos, provocándole una muerte por asfixia.
El fiscal del caso, Osvaldo Ossandón, solicitaba que el acusado fuera condenado por femicidio calificado, lo que se desestimó. Lo encontraron culpable de homicidio simple.
Frente a la condición de mujer de Claudia Díaz, en la condena se estimó que "la tesis estableció que estamos frente a una mujer transgénero, de nombre Jorge Díaz Pérez, conocida socialmente como Claudia, situación no discutida y suficientemente acreditada. Sin embargo, coincidiendo con la postura doctrinaria, estos jueces estiman que efectivamente la ley exige el cambio registral (en el Registro Civil) de la persona transgénero para considerarla dentro del sujeto pasivo (víctima) del delito de femicidio".
Agrega que "toda persona tiene derecho a ser reconocida e identificada conforme a su identidad de género una vez realizada la rectificación que regula la ley. Una vez efectuada la modificación (…) la persona interesada deberá ser identificada conforme a su identidad de género". Se especifica que Claudia Díaz falleció aún llamándose Jorge, cuyo género era masculino.
Alevosía
El Ministerio Público también solicitaba que el obrero fuera condenado por el delito calificado, al actuar en contra de la víctima con ensañamiento y alevosía, lo que también fue desestimado por el tribunal, al igual de que se tratara de un crimen por odio.
"La prueba de cargo ha sido insuficiente para acreditar que el encartado (acusado) dio muerte a la víctima con motivo de su orientación sexual, identidad de género o expresión de género", dice el fallo. Esto pese a que testigos manifestaron en el juicio que tras el ataque a Claudia Díaz, Julio Ramis mostró sus manos ensangrentadas y se "jactó" de que "tuve que pegarle a un maricón".
Revisión
Sobre la sentencia dada a conocer ayer, el fiscal Ossandón dijo que la analizará para ver si realizarán acciones, como lo sería presentar un recurso ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso que podría dejar sin efecto la decisión del TOP local o que recalifique los delitos por los que se condenó a Ramis Padilla.
"Como fiscalía valoramos la condena en total de 20 años (…). Estamos en un proceso de revisión de la sentencia, toda vez que los puntos principales, que son la condición de orientación sexual que tenía la víctima (mujer trans) y especialmente la posibilidad de calificar el homicidio dada la circunstancias de comisión (alevosía o crimen por odio) no fueron consideradas por el tribual", dijo Ossandón.
Y cerró con que "estamos revisando la sentencia para tomar una decisión respecto de los pasos a seguir".
"Los puntos principales, que son la condición de orientación sexual que tenía la víctima (mujer trans) y especialmente la posibilidad de calificar el homicidio dada la circunstancias de comisión (alevosía o crimen por odio) no fueron consideradas por el tribunal",
fiscal Osvaldo Ossandón