Fiscalía presentó recurso para anular sentencia en homicidio de peluquera trans
La acción fue interpuesta ante la Corte Suprema para que se deje sin efecto la decisión del Tribunal Oral de San Antonio que no consideró la condición de mujer de la víctima Claudia Díaz (74).
La fiscalía de San Antonio presentó ante la Corte Suprema un recurso de nulidad para dejar sin efecto la sentencia dictaminada por el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) local en contra del autor del asesinato de la peluquera transexual Claudia Díaz Pérez (74), en la que no se reconoció su condición de mujer.
El fiscal jefe de la zona, Osvaldo Ossandón, interpuso la acción judicial apelando a que exista "igualdad ante la ley", ya que el TOP desestimó que el crimen ocurrido en diciembre pasado en Cartagena se tratara de un femicidio en contra de la adulta mayor por no ser biológicamente una mujer, estableciendo que fue un homicidio simple.
Además, el tribunal oral también desechó la teoría del Ministerio Público que apuntaba a que el acusado, Julio Alexis Ramis Padilla (40), cometió un crimen por odio, contemplado en la llamada Ley Zamudio, puesto que según la prueba testimonial el obrero manifestó tras agredir de muerte a la peluquera que "tuve que pegarle a un maricón".
Hecho
En el veredicto del TOP del mes pasado se acreditó que Julio Ramis llegó a la casa de Claudia Díaz el "martes 10 de diciembre de 2022, a las 11.00 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima Jorge Díaz Pérez, conocida socialmente como Claudia, de identidad sexual transgénero, de 74 años de edad, se encontraba en su domicilio de calle Mariano Casanova, Cartagena, hasta el lugar llegó Julio Ramis, quien con ánimo homicida procede a golpear el rostro de la víctima con sus puños".
Se agregó en el fallo que Claudia Díaz sufrió "una fractura malar izquierda (en la cara), asimismo le causó una herida en la cabeza contusocortante temporal derecha, además procedió a estrangularle con sus manos hasta causarle asfixia y un traumatismo craneofacial".
Pese a hallarlo culpable de homicidio y condenarlo a 20 años de cárcel, el TOP resolvió que no se trató de un femicidio, por lo que no se dio lugar la petición de la fiscalía de sentenciarlo a cadena perpetua calificada.
Argumentaron en el fallo que "la tesis estableció que estamos frente a una mujer transgénero, de nombre Jorge Díaz Pérez, conocida socialmente como Claudia, situación no discutida y suficientemente acreditada. Sin embargo, coincidiendo con la postura doctrinaria, estos jueces estiman que efectivamente la ley exige el cambio registral (en el Registro Civil) de la persona transgénero para considerarla dentro del sujeto pasivo (víctima) del delito de femicidio".
Destacan recurso
Respecto del recurso de nulidad presentado por la fiscalía, la Fundación Iguales expresó que "el fallo del Tribunal Oral en lo Penal de San Antonio, que desconoció la identidad de género de la activista trans Claudia Díaz en el juicio contra su femicida es, sin duda, un retroceso y deja a la comunidad trans de la región y del país en la impunidad y desprotección total".
Agregaron que "con este (caso) suman dos fallos transfóbicos en menos de un mes (en octubre). Exigimos a la Corte Suprema que en ambos casos otorgue condenas por el delito femicidio".