Formalizan a sujeto que le disparó en la cara a vecino en rencilla por un televisor
A dos años de ocurrido el ataque armado, esta semana se detuvo a acusado por homicidio frustrado. Baleó a la víctima con arma hechiza, provocándole pérdida de un ojo y disminución en el habla.
A dos años de una violenta riña en que uno de los involucrados fue baleado en la cabeza, perdiendo un ojo y resultando con una disminución en el habla, se formalizó al autor del disparo por el delito de homicidio frustrado.
El hombre de 24 años, de iniciales J.M.M.P., apodado "El Rucio", fue detenido esta semana pues había en su contra una orden de captura para responder por el ataque con arma de fuego que sucedió el 25 de junio de 2022 en Cartagena.
Según el informe policial de la Brigada de Homicidios de la PDI, "El Rucio" le disparó a su vecino de 23 años, conocido como "El Mono", luego de sostener una discusión por un televisor. Pasó que la víctima con unos amigos dejaron en la casa del imputado una tele que llevaron a un carrete y que supuestamente el acusado se negaba a devolver.
Cuando el grupo de amigos fue a la casa de J.M.M.P. a cobrar el aparato, "El Rucio" se habría ofuscado, comenzando una disputa que terminó con la víctima baleada en la cara con una escopeta de fabricación artesanal compuesta por dos tubos metálicos.
Formalización
El fiscal Ricardo Méndez le comunicó al imputado que está siendo investigado por los hechos ocurridos en 2022, cuando "premunido (J.M.M.P.) de un arma de fuego tipo escopeta hechiza, disparó contra la víctima (…), resultando este con un impacto balístico en su cabeza, específicamente en su ojo izquierdo (…) lesión del tipo homicida que, de no mediar atención médica, le provocaría la muerte. Los hechos configuran el delito de homicidio (...) en desarrollo frustrado y porte y tenencia ilegal de arma prohibida".
Agregó que los hechos se conocen gracias a las diligencias efectuadas por la PDI. "Se establecen los hechos mediante las declaraciones de distintos testigos que J.M.M.P. habría disparado en contra de la víctima con una escopeta hechiza producto de una rencilla anterior que mantendrían. Esta versión se replica en (tres) testigos".
Luego de la agresión, la víctima, Jorge Díaz, ingresó en estado de gravedad al hospital Claudio Vicuña, con un traumatismo encéfalo craneano abierto, con pérdida de conciencia. Luego, por su estado, fue derivado a una clínica de Santiago. Ahí fue sometido a varias intervenciones quirúrgicas con las que le salvaron la vida, sufriendo eso sí de una afasia grave, que es un "trastorno que afecta la capacidad de comunicarse debido a una lesión".
Legítima defensa
En la audiencia el fiscal Méndez dio a conocer los testimonios de testigos del hecho. Todos situaron a la víctima y victimario en el sitio del suceso, en calle 5 de Abril con Tarapacá, en la Villa Primavera de Cartagena. También coinciden en que J.M.M.P. le disparó al afectado en la cara con el arma.
En lo que no concuerdan los testigos y la propia víctima, que entregó su declaración a través de su madre porque ella le entiende su modo de comunicarse, fue respecto de quién tenía la "hechiza".
Unos testigos manifestaron ante la PDI que uno de sus amigos llevaba el arma en una mochila cuando iban a la casa del imputado a buscar el televisor y otros que "El Rucio" la tenía en su poder. También dijeron que la víctima sacó el arma de fuego y el acusado un machete y que en medio de una pelea se disparó el arma.
Ante ello, el defensor de J.M.M.P., Cristian Barría, expuso que su representado actuó en legítima defensa y que el disparo que le llegó en el ojo a la víctima ocurrió porque este forcejeó para que no le dispararan.
"Andar con esta escopeta tiene una motivación, una intención, que es intimidar (para recuperar la tele). Nos encontramos en esta dinámica (…) en que se produce una disputa en el ingreso a la casa de mi representado, donde estaba en condición de menor número, él estaba solo y se enfrentaba a otros sujetos, uno que portaba una escopeta hechiza", expuso Barría.
Agregó que "se produce una lucha en el ingreso de la casa (…) en que no podemos justificar el delito de homicidio en atención a que de forma alguna tuvo J.M.M.P. una conducta que tenga por intención matar a otra persona de forma consciente y voluntaria, pues lo que él realiza es un acto defensivo".
Decisión
El juez Daniel Zúñiga coincidió con la defensa en que "la imputación del órgano persecutor se basa principalmente en las declaraciones de tres testigos que habrían sido, en cierta manera, presenciales. Debo destacar (que) las declaraciones de estos testigos han perdido a mi juicio bastante credibilidad, en el sentido que tanto (unos) atribuyen directamente la posesión de esta arma al imputado, mientras que la víctima y también corroborado por el informe policial dan cuenta que el arma habría sido portada por otro de los sujetos".
Basado en esto, el magistrado estimó que no había suficientes pruebas para atribuirle cargos por porte de arma prohibida al imputado y que en el homicidio frustrado "el escenario de una legítima defensa es altamente probable".
Ante ello rechazó la solicitud de la fiscalía de decretar la prisión preventiva en contra del "El Rucio" y en cambio dictó que se mantenga con arresto domiciliario nocturno y prohibición de acercarse a la víctima.
El fiscal Ricardo Méndez presentó un recurso ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso para revertir la decisión del juez Zúñiga y decretar la prisión preventiva, lo que se resolverá esta jornada.
2022 ocurrió el ataque con arma de fuego y esta semana se detuvo a autor del disparo en Cartagena.